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sábado, mayo 18, 2024

Las rejas no matan

Al abordar el tema de los derechos humanos de las víctimas del delito surge como necesario punto de referencia el abandono al que han estado sometidas las víctimas y sus familias por parte del excluyente sistema penal hondureño con leyes que más son papel mojado. Nadie quiere identificarse con los perdedores del drama criminal, pues, además de sufrir el impacto del delito, deben enfrentar la indiferencia e insensibilidad del sistema legal y soportar la falta de solidaridad de la propia comunidad.

El Derecho Penal parece hallarse sesgado y unilateralmente dirigido a la persona del infractor, relegando a la víctima a una posición marginal: al ámbito de la prevención social y del derecho civil sustantivo y procesal. El sistema legal, por ejemplo, define con toda precisión el estatus del inculpado, sin que dicho garantismo (el Derecho bien interpretado) a favor del presunto responsable, tenga como lógico correlato una preocupación semejante por los derechos de las víctimas.

El Estado, preocupado en perseguir y castigar al delincuente por la vulneración al ordenamiento jurídico, ha despersonalizado el conflicto subyacente al delito, apropiándose de él, ha excluido a las víctimas incrementando el daño producido, despojando de la dimensión humana y pluralista al sistema penal. Los retos que hoy debe enfrentar la administración de justicia (con la seguridad que es un enfoque novedoso para legislar y visto con las nuevas autoridades de la Corte Suprema de Justicia), en especial rescatar del olvido el punto de vista de las víctimas. Se exige una lectura diferente de sus conceptos básicos que sirva de fundamento a un modelo de justicia penal humanizado, basado en las víctimas, en los otros, un modelo que garantice la pluralidad y aporte soluciones satisfactorias y reales a los conflictos, que permita el acceso efectivo y en condiciones de igualdad a los protagonistas del drama criminal, especialmente a las víctimas, a fin de contribuir a la creación, el mantenimiento y desarrollo de justicia y paz.

En consecuencia, la etimología de la palabra “víctima” denota precisamente el sacrificio de los bienes de un ser (como su patrimonio, su estabilidad emocional, su seguridad jurídica o su integridad física) por causa de un agente externo, ya sea un individuo o un fenómeno de la naturaleza. Es en este punto donde la legislación tiene, no una laguna, sino océanos interminables con vacíos que más bien hacen un desencuadre y desenfoque, por ejemplo, de los organismos de derechos humanos, los cuales se vuelcan al facilismo que les hacen padecer de una especie de Síndrome de Estocolmo, dando el beneficio del consuelo y del apoyo a los victimarios por excelencia; y las familias de alguien que fue vilmente lesionado o asesinado quedan simplemente “en el aire”, sin apoyo de parte de la sociedad y sin leyes que garanticen la responsabilidad estatal para proteger a viudas, huérfanos, e incluso a padres ancianos de hombres y mujeres que fueron sacrificados en plena edad productiva y que eran el sustento para la vejez quedando desprotegidos mientras estos organismos corren a las prisiones y satanizan a las autoridades en vez de apoyar las iniciativas de reinserción y disciplina carcelaria, pero claro, tampoco se trata, dadas las circunstancias, de atentar contra los derechos de los convictos. Esa es una tarea pendiente y la abogada Ráquel, presidente de la Corte Suprema, tiene la palabra.

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