Tegucigalpa, Honduras. El Congreso Nacional aprobó una reforma a la Ley del Registro Nacional de las Personas (RNP) con la que se busca fortalecer la identificación de niños y adolescentes hondureños y agilizar la inscripción de defunciones de ciudadanos que fallecen fuera del país.
La iniciativa fue presentada por la vicepresidenta del Legislativo, Tania Pinto, diputada del Partido Nacional por el departamento de Ocotepeque, quien explicó que uno de los objetivos principales es garantizar que los menores de edad cuenten con una identificación oficial que facilite su reconocimiento ante instituciones públicas y privadas.
De acuerdo con la reforma, el artículo 15 de la Ley del RNP establecerá que los hondureños de entre 6 y 17 años deberán contar con un documento de identificación oficial, único, personal e intransferible.
El documento tendrá como finalidad acreditar jurídicamente la identidad de niños y adolescentes y facilitar su acceso a diferentes servicios y derechos, sin que ello implique que los menores tengan las mismas obligaciones electorales o ciudadanas de los adultos.
Buscan cerrar una brecha en la identificación de menores
La medida responde a una necesidad que el propio Registro Nacional de las Personas había identificado previamente: completar el proceso de identificación documental de la población menor de edad.
El RNP señala que su función comprende registrar los hechos y actos relacionados con las personas naturales desde el nacimiento hasta la muerte, además de emitir los documentos de identificación correspondientes.
En documentos institucionales, el organismo también había señalado que uno de los vacíos pendientes era precisamente la generación de un documento de identificación para los menores comprendidos entre los 6 y 17 años.
Con la reforma, el nuevo documento permitirá acreditar la identidad de los menores ante autoridades, centros educativos, instituciones de salud y otras entidades que requieran verificar oficialmente sus datos.
También facilitarán inscripción de defunciones ocurridas fuera del país
Otro de los componentes de la reforma está dirigido a los hondureños que viven en el extranjero.
La vicepresidenta del Congreso explicó que se pretende facilitar los procedimientos para que los familiares puedan inscribir en Honduras las defunciones de ciudadanos hondureños ocurridas fuera del territorio nacional.
La medida busca reducir las dificultades que enfrentan las familias cuando deben realizar trámites registrales después de perder a un pariente en otro país.
El RNP actualmente administra los registros relacionados con nacimientos, defunciones y otros actos civiles de los hondureños, además de ofrecer servicios registrales en los 298 municipios del país.
Identificación con alcance jurídico
La reforma establece que el documento para menores será de carácter obligatorio y tendrá una función exclusivamente identificativa. Su propósito será garantizar el reconocimiento jurídico de niños y adolescentes y facilitar el ejercicio de sus derechos fundamentales.
El cambio representa una ampliación del sistema de identificación hondureño, que actualmente cuenta con el Documento Nacional de Identificación para los ciudadanos. El RNP también ha desarrollado herramientas de identificación digital y biométrica para fortalecer la seguridad de los procesos de identificación.
La aplicación de las nuevas disposiciones requerirá que el RNP establezca los procedimientos correspondientes para la emisión y entrega del documento a los menores comprendidos en el nuevo rango de edad.
La reforma constituye así un paso hacia un sistema de identificación que abarque de manera más completa a la población hondureña desde la niñez y, al mismo tiempo, busca facilitar los trámites registrales de las familias hondureñas que viven fuera del país.


