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sábado, mayo 4, 2024

MP en desacuerdo por fallo emitido por crimen de Keyla Patricia Martínez

Tegucigalpa. La Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) interpondrá un recurso de casación por el fallo dictado por el tribunal de sentencia de Siguatepeque en el caso del crimen de la estudiante de enfermería Keyla Patricia Martínez Rodríguez.

Las autoridades judiciales condenaron al agente de policía, Jarol Rolando Perdomo Sarmiento por el delito de homicidio imprudente y no por femicidio agravado, como se planteó y acreditó en la tesis fiscal.

El juicio concluyó en septiembre del año anterior, sin embargo, el tribunal hasta hoy se emitió condena.

Antecedente

Los hechos ocurrieron el 7 de febrero de 2021, al interior de una de las celdas de la posta policial en La Esperanza, Intibucá.

Durante el juicio, fiscales presentaron pericias técnicas, científicas y una serie de declaraciones de testigos.

Además, de agentes a cargo de las investigaciones que establecen la dinámica de los acontecimientos.

Entre la prueba aportada en el debate se encuentra la inspección judicial de reconocimiento a la celda.

Igualmente, de los dictámenes de vídeo forense que muestran el tiempo de cinco minutos aproximados que el imputado permaneció en el recinto donde se encontraba recluida la joven.

Posteriormente, se mantuvo afuera de forma sospechosa y sin retornar a su posición de asistente del comandante de la estación policial.

De la misma manera, se logró acreditar, mediante la autopsia psicológica, que Keyla Patricia no sufría ningún tipo de trastorno mental que la llevara a un suicidio.

Muerte por asfixia 

El dictamen de patología forense reveló que la manera de muerte es homicida y la causa de muerte fue por asfixia por obturación de orificios respiratorios.

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Dicho caso fue presentado por el delito de femicidio agravado, no obstante, un juzgado de La Esperanza, Intibucá, tipificó el ilícito como homicidio simple.

Por esa razón, el Ministerio Público presentó una acción constitucional de amparo que recientemente fue declarada “Sin Lugar”.

Al dictar homicidio imprudente en su grado de comisión por omisión, se favorece aún más al policía imputado.

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