El Congreso Nacional aprobó este jueves una reforma a la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, que establece un régimen especial, extraordinario y temporal para facilitar la disponibilidad y ejecución de recursos públicos destinados al cumplimiento de obligaciones económicas derivadas de procesos de conciliación con el Estado.
La reforma permite que las personas que prestaron servicios en los programas contemplados en el decreto y que mantienen una demanda judicial activa puedan solicitar una conciliación para establecer un acuerdo de pago, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
Para acceder a este mecanismo los exempleados de los programas deberán demostrar que prestaron sus servicios, que no han recibido un pago por el mismo concepto y que su proceso judicial continúa activo y no cuenta con una sentencia firme.
Conciliaciones para procesos judiciales
Una vez presentada la solicitud completa y comprobados estos requisitos, las instituciones correspondientes deberán formalizar el acuerdo, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, en un plazo máximo de 45 días hábiles.
El acuerdo deberá establecer el monto reconocido, la forma y periodicidad de los pagos, así como el plazo para cumplirlos, que no podrá superar los 18 meses.
La reforma autoriza a la Secretaría de Finanzas a realizar las operaciones necesarias para identificar y habilitar los recursos destinados exclusivamente al cumplimiento de estas obligaciones.
Los pagos podrán realizarse de manera mensual, conforme al cronograma establecido, y dentro de un plazo máximo de 18 meses. La reforma tendrá carácter excepcional, extraordinario y temporal.
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