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jueves, mayo 2, 2024

Declaran Estado de Emergencia Climática en San Pedro Sula

Ante los efectos de la Tormenta Tropical Julia, la Corporación Municipal de esta ciudad aprobó hoy en Sesión Extraordinaria No 30 declarar Estado de Emergencia Climática en el municipio de San Pedro Sula.

La Corporación municipal busca con esta declaratoria atender de manera inmediata a las personas afectadas por las inundaciones que provocó el paso de la Tormenta Tropical Julia.

El alcalde Roberto Contreras presentó la moción y dijo que era congruente con la Declaratoria de Alerta Roja emitida por el Gobierno Central.

En ese sentido la Corporación Municipal autorizó disponer de cinco millones de lempiras para enfrentar la Emergencia Climática. Los fondos “los utilizarán y ejecutarán del presupuesto general de la Municipalidad. Y se utilizarán para la compra directa de bienes y servicios que se requieran a fin de atender la emergencia”, establece un boletín municipal.

ASISTENCIA EN LA EMERGENCIA CLIMÁTICA EN SAN PEDRO SULA

Es preciso que el Gobierno Local ejecute todas las acciones necesarias y dentro de sus facultades habilitar los albergues necesarios brindando toda la asistencia humanitaria requerida a los damnificados, como alimentación, salud y alojamiento, dijo el alcalde Contreras.

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La reunión se llevó a cabo de manera virtual.

La Corporación Municipal autorizó al alcalde Roberto Contreras, para que en base a esta Declaratoria de Estado de Emergencia Climática, con una duración de 2 meses, o hasta que se agoten los fondos asignados, proceda a través de los mecanismos y procedimientos legales correspondientes a la compra directa de los bienes y servicios necesarios, a efecto de proteger la vida, la salud, la integridad y el bienestar de los pobladores de San Pedro Sula, a fin de brindar la asistencia necesaria a los afectados por las lluvias, establece el boletín de prensa de la alcaldía de San Pedro Sula.

El Dato

1- Los corporativos acordaron dicha disposición en base a los Artículos 145 y 360, de la Constitución de la República.

2-Artículos 12, 13 numeral 16 y 25 numeral 1, 11 y 15 de la Ley de Municipalidades

3-Artículos 9 y 63 numeral 1 de la Ley de Contratación del Estado. Los Artículos 7 incisos g), p), 26, 169 ,170 y 171 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.

4-Los Artículos 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 44 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos. También el  94 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Republica Ejercicio Fiscal 2022.

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