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viernes, mayo 10, 2024

Recursos buscan aclarar si “Ley de Amnistía es válida desde su origen”

Aclara la juez que juramentó a Xiomara Castro: “Dentro de las razones de forma y de fondo deben decirnos si esta norma es válida y si el órgano que lo realizó lo es o no también”, reafirma la también juez de sentencia.

La juez de sentencia, Karla Romero, confirmó ayer lunes que “no tiene un caso sino cinco en concreto en el tribunal donde ella es miembro y desde donde pregunta a la Sala de lo Constitucional si el polémico decreto de amnistía fue aprobado por órgano competente”.

“Los recursos de inconstitucionalidad contra el decreto que contiene la Ley de Amnistía han sido admitidos”.

“Y se trata de los que he presentado y sometido a consulta de la Sala Constitucional”, amparada en el artículo 87 de Ley de Justicia, dijo la togada.

La juez tomó notoriedad luego de juramentar a la presidente Xiomara Castro.

Lo hizo en sustitución del actual presidente del Congreso Nacional, el pasado 27 de enero de 2022.

Legitimidad de la Junta Directiva del Congreso

“Lo que hemos consultado es si esta ley es válida desde su origen o de quien realizó el origen de la misma”.

“Por tanto, habrá de conocerse una pronunciación acerca de la legitimidad de la Junta Directiva del Congreso”, explicó.

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La juez Romero, en ese sentido, ha dejado entrever que no pidió inconstitucionalidad para la Junta Directiva del Legislativo.

No obstante, considera que la CSJ sí debería pronunciarse al respecto.

A fin de dar trámite a la resolución del recurso que presentó por la Ley de Amnistía.

“Dentro de las razones de forma y de fondo decirnos si esta norma es válida y si el órgano que lo realizó lo es o no también”, externó la entrevistada a Radio América.

“La Sala de lo Constitucional debería decir si la amnistía viene aprobada o no por una junta ilegal”.

“Yo no puedo decirlo, por eso hago la pregunta al ente encargado”, remarcó.

La funcionaria judicial subrayó en torno al tema, que sus escritos solamente tienen el propósito de preguntar al Supremo hondureño legalmente si puede aplicar o no la Ley de Amnistía a procesos pendientes dentro de su sala.

“No tengo uno, sino cinco casos donde han solicitado la aplicación de la Ley de Amnistía o decreto 04-2022”, aclaró la togada.

El recurso presentado por la juez el 8 de marzo de 2022 es vía oficio.

Ya que en su condición de autoridad debe velar por la aplicación correcta de la Constitución de la República.

DATOS

1.- Ante este escenario, la Sala de lo Constitucional deberá reunirse para esgrimir el contenido del recurso y pronunciarse.

2.- Si no se logra unanimidad o consenso de los cinco magistrados, entonces pasaría al honorable Pleno de la CSJ para dirimir al respecto, enfatizó.

 

“La Corte, a través de la Sala o del Pleno, tendrían la obligación de explicar si el efecto del recurso en caso de que sea considerado inconstitucional será a partir de la declaración del mismo o desde antes”.
Karla Romeo, juez de sentencia.
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