Tegucigalpa, Honduras. El dirigente de los colectivos del partido Libertad y Refundación (Libre), Melvin Cevallos Umanzor, continuará en libertad mientras enfrenta el proceso judicial en su contra, luego de que un juez de Letras Penal dictara auto de formal procesamiento con medidas sustitutivas por suponerlo responsable de los delitos de coacción y amenaza electoral, en perjuicio de la Constitución de la República.
La resolución fue emitida este jueves 15 de octubre, al concluir la audiencia inicial relacionada con los hechos que la Fiscalía atribuye al dirigente político. Con esta decisión, el caso continúa en la vía judicial, aunque Cevallos no deberá permanecer en prisión preventiva mientras cumpla las medidas impuestas por el órgano jurisdiccional.
¿De qué se acusa a Melvin Cevallos?
De acuerdo con el requerimiento fiscal presentado por el Ministerio Público, los hechos investigados ocurrieron el 7 de julio de 2025, cuando se desarrollaba el proceso de recepción de ofertas para la contratación del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), que sería utilizado en las elecciones generales de noviembre de ese año.
La Fiscalía sostiene que Cevallos habría encabezado y dirigido movilizaciones de simpatizantes de un partido político que obstaculizaron ese procedimiento en el marco de las actividades vinculadas con el Consejo Nacional Electoral (CNE).
A partir de esos señalamientos, el Ministerio Público presentó el requerimiento por los presuntos delitos de coacción y amenaza electoral. Sin embargo, la responsabilidad penal del imputado deberá establecerse durante las siguientes etapas del proceso.
Audiencia preliminar será el 26 de octubre
Con el auto de formal procesamiento, el expediente avanza hacia la siguiente fase judicial. Según la información divulgada sobre la resolución, la audiencia preliminar fue programada para el lunes 26 de octubre de 2026, a las 9:30 de la mañana.
En esa diligencia se dará continuidad al procedimiento para determinar los pasos posteriores del caso, conforme a los elementos y argumentos que presenten las partes.
Cevallos había sido detenido el 22 de septiembre de 2026. En la audiencia de declaración de imputado celebrada ese día, el juez ya le había concedido medidas sustitutivas a la prisión preventiva, entre ellas restricciones para salir del país y la obligación de presentarse periódicamente ante los juzgados, según reportes anteriores.
El auto de formal procesamiento no equivale a una sentencia condenatoria. El dirigente deberá continuar respondiendo ante la justicia mientras se desarrolla el expediente, con respeto a la presunción de inocencia y al debido proceso.


