El Servicio de Administración de Rentas (SAR) ha emitido una circular en la que comunica a las entidades financieras, a las instituciones del sector público y al pueblo en general, que, con la entrada en vigor de la nueva oficina virtual, la cual está disponible desde el 28 de junio del año en curso, el Registro Tributario Nacional (RTN) se está emitiendo a través de un certificado digital.
Pero ante la duda de la población, cabe aclarar que seguirán siendo vigentes los carnets de RTN que ya han sido emitidos por el SAR con anterioridad. En virtud de esto, deben ser aceptadas ambas modalidades de presentación para los trámites y acreditaciones correspondientes.
Para obtener el certificado digital, ya no tiene que ir a hacer fila a las oficinas, solo debe ingresar a www.sar.gob.hn/ovi desde su teléfono, computadora o tableta, hacer la solicitud e imprimir en una hoja normal el RTN, el cual con tiene las siguientes características y medidas de validación:
-Código QR (que, al ser escaneado, muestra de forma digital el RTN).
– Código Seguro de Verificación (CSV).
– Datos generales de la persona natural o jurídica.
El certificado de RTN contiene la validez legal para efectuar cualquier trámite, tal como lo establece el Código Tributario en el artículo 55 numeral 2.
Merari Ávila, directora regional noroccidental del SAR, señaló que solo si es primera vez que lo va a tramitar sí tiene que presentarse a la oficina para firmar el contrato de adhesión, luego, si lo extravía o se le daña, lo podrá hacer en la oficina virtual e imprimirlo desde la comodidad de su casa o trabajo.